en consecuencia este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el cincuenta por ciento (50%) del cannon de arrendamiento que posee la ciudadana MARGORY FIORE COLMENARES, en su carácter de arrendadora del inmueble constituido por una parcela de terreno y la villa sobre ella construida, distinguida con el Nº 331 ubicada en el conjunto Residencial Cayo de Agua, avenida R-7, complejo Turístico el Morro, Municipio Diego Bautista Urbaneja del estado Anzoátegui, siendo la arrendataria la ciudadana DESIREE JOSEFINA GONZALEZ ASCENSO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.273.644, desde el día veintisiete (27) del mes de Abril 2007, hasta la presente fecha. Igualmente este Tribunal pone en conocimiento al notificado que deberá consignar en cheque de gerencia en el tribunal de la c.....