DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Extensión El Tigre, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, incoada por la ciudadana CARMEN LIDUVINA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.899.337, debidamente asistida por la abogado MICHELLE VAQUERO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 110.498, a favor del adolescente ..., de dieciséis (16) años de edad, respectivamente, contra el Ciudadano ANTONIO MARIA ARCIA FIGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.219.867, debidamente asistido por la abogada: MARIA REQUENA, venezolanas, mayores de edad inscrita en el Inpreabogado bajo el número 96.328, en consecuencia se condena al dem.....