Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en función Control, Audiencia y Medidas Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA por remisión expresa del articulo 64 de la ley especial que rige la materia se acuerda la aplicación de: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 numerales 3 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal a favor del ciudadano JHONATAN JOSE CORTESIA Cedula de Identidad Nº 25.569.572, consistente en 3) presentación por ante la oficina de alguacilazo cada TREINTA (30) DIAS, y 8- Presentación de dos fiadores que devenguen cada uno un salario igual o superior a Treinta (30) U.T, quienes deberán acreditar ante este tribunal constancia de trabajo, de buena conducta y de residencia, así como MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD establecidas en los numerales 5 y 6 d.....