Este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION ejercida la abogada en ejercicio ALBA MAGO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 10.958, actuando en su propio nombre y en representación de sus propios intereses, contra la sentencia dictada por el Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de fecha 10 de Mayo de 2.017, en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO, incoara contra la Empresa MODAS LIN, C.A., inscrita por ante la Oficina de registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 11 de Junio de 2.013, anotado bajo el N° 37, Tomo 44-A RM3ROBAR.-