Por las razones de hecho y los fundamentos de derecho antes expuestos, bajo la protección de Dios, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara a la ciudadana: YRAMARY JOSE SARMIENTO URBANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-18.204.976, domiciliada en la población de San Mateo, Municipio Libertad del estado Anzoátegui, correo electrónico: yrasarmiento@hotmail.com, teléfonos: 0412-1171270 – 0412-8604165, debidamente asistida por el profesional del derecho JAVIER SOLIS SARMIENTO URBANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-18.204.975, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el Nro 144.125, correo electrónico: javiersarmiento_u@hotmail.com, teléfono: 0424-8440410, conjuntamente con los ciudadanos (as) : MAXLENI JOSEFINA URBANO DE SARMIENTO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la.....