DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Conforme al artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, se revoca el Beneficio de REGIMEN ABIERTO, otorgado por éste Juzgado en fecha 10 de Septiembre de 2010, por incumplimiento de las condiciones impuestas y se acuerda librar orden de captura en contra del ciudadano LUIS ALBERTO GUAREGUA, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nación en fecha 10/01/1982, de 24 años edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.875.980, soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de MARIA JUDITH GUAREGUA (V) y AMERICO RAFAEL CALDERA (DF) y residenciado en Fernández Padilla, Callejón Santa Lucia, Casa S/N, Barcelona, Estado Anzoátegui, por l.....