"...Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: SIN LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A entre el ciudadano HÉCTOR MANUEL PÉREZ GUERRERO venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad Nº. V-9.287.846, con la ciudadana MERCEDES EUCARIS ANDRADE SALAZAR, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de Identidad Nº V-8.315.428..."