Asimismo este Tribunal de Juicio N° 03, Observa que a los folios 35 al 37, de la pieza N° 3 corre inserto auto contentivo de revocatoria de las medidas cautelares acordadas al acusado: DARIO ALEXANDER NEIRA, es por lo que no se admite la revocatoria solicitada, debiendo en todo caso la defensa seguir el procedimiento establecido en el Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Cúmplase.