Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control Nº 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, NIEGA la Extensión del Lapso de Presentaciones al ciudadano PEDRO EDUARDO BELLORIN OJEDA, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.969.479; Notifíquese a las partes. CÚMPLASE.