Este Tribunal, vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de las testigos, ciudadanos MENA GUSTAVO y MARIA FERNANDA SANCHEZRIVERO, plenamente identificados en sus declaraciones hechas por ante este Juzgado en fecha diez (10) de octubre de dos mil dieciséis (2.016), las cuales quedaron contestes en afirmar todas y cada uno de los particulares relativos a la solicitud, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarles su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del "de cujus" JUAN HERRERA MORIN, a los ciudadanos, JUAN CARLOS HERRERA GONZALEZ, CAROLINA DEL CARMEN HERRERA GONZALEZ, venezolanos, m.....