Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE IN LIMINE LITIS el presente Recurso de Amparo Constitucional, Interpuesto por la Unidad Educativa Integral Venezuela, C.A., antes identificado, contra la Superintendencia para los Derechos Socio Económicos (SUNDDE).-
SEGUNDO: Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal correspondiente.-