DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la Acción de Resolución de Contrato por falta de pago de cánones de arrendamiento e Indemnización de Daños y Perjuicios, por improcedencia entre la acción demandada y la fundamentación simultánea en el artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios; lo que produce la inadmisibilidad de la demanda a tenor de lo previsto en el ordinal 5º del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil. Incoada por el Demandante ciudadano Rubén Darío Meneses Fernández, contra el demandado la empresa mercantil, Superpuntocom Compañía Anónima, representada por el ciudadano Pedro Manuel Valles Loaiza.
SEGUNDO: Se declaran nulas todas las actuaciones de las pa.....