Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente Juicio por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES, incoado por la abogada YENITZA GARCÍA ROCCA, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana MARÍA INES RODRÍGUEZ SALOMÓN, en contra de los ciudadanos MERCEDES INDRIAGO y ANÍBAL GIL, todos plenamente identificados en autos.