Seguidamente este Tribunal, visto el convenimiento voluntario y libre de toda coacción, planteado en este acto entre las partes, por no ser contrario a derecho, acuerda de conformidad, y por ende se abstiene de practicar la Medida de Embargo para la cual fue amplia y suficientemente comisionado. Igualmente se acuerda remitir la presente comisión con sus resultas al Juzgado comitente.