Este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio actuando como Tribunal Unipersonal del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: RESPONSABLE, al acusado IDENTIDAD OMITIDA plenamente identificado, de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto en los artículos 460 y 83 del Código Penal en agravio de la TASCA y RESTAURANT EL PATIO , y lo SANCIONA con la medida de LIBERTAD ASISTIDA por el plazo de UN (01) AÑO, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 620 literal d) en relación con el articulo 626 de la Ley Orgánica Para ala Protección del Niño y Adolescente en concordancia con el articulo 622 Ibidem y ABSUELVE al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto en los artículos 460 .....