Por los fundamentos expuestos este Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, se declara CON LUGAR la presente demanda por Resolución de Contrato de Opción de Compra Venta, incoada por la ciudadana IRMA JOSEFINA GARCIA DE LIMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.759.798, debidamente representada por su apoderada judicial la ciudadana ABG. XIOMARA LIMA GARCIA, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.748.284, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 73.193, en Contra del ciudadano JAIRO LOPEZ SEPULVEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.037.623, de este domicilio. En consecuencia se ordena:
PRIMERO: se tiene por RESUELTO el contrato de Opción de Compra venta suscrito por los Ciudadanos JAIRO LOPEZ SEPULVEDA, venezolano, mayor de edad, titular.....