Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO que hubiere incoado el ciudadano MARCO ANTONIO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 3.684.986, en contra del ciudadano CARLOS ERNESTO CARDONA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 3.684.682.
SEGUNDO: SIN LUGAR la RECONVENCIÓN planteada por el ciudadano CARLOS ERNESTO CARDONA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 3.684.682, en contra del ciudadano MARCO ANTONIO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identi.....