Conforme a las razones antes expuestas, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte su homologación en todas y cada una de sus partes, a la transacción celebrada por los co-apoderados judiciales de las partes, en fecha 19 de diciembre del año 2016, en el Juicio por DESALOJO (LOCAL COMERCIAL), incoada por la ciudadana ARGELIA VICTORIA MEDINA, asistida por el abogado JAIME FERNANDO VERONA GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.409, en contra de la Sociedad Mercantil FERRETERÍA BOLIVARIANA, C.A., representada por el ciudadano JOSÉ MARTÍN CORRALES HURTADO, todos plenamente identificados en autos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena expedir.....