DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 01 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Conforme a lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 479, en relación con lo dispuesto en los artículos 480 y 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, se ejecuta en los términos planteados en la presente resolución, la Sentencia Definitiva Condenatoria dictada en fecha 23-11-2.009, por el Juzgado de Control Nro. 05 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al ciudadano JOSE DANIEL SOTILLO GUAREPERO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-8.279.309, a cumplir la pena de DOS (02) AÑO Y 0CHO (8) MESES DE PRISION, mas las penas accesorias contempladas en la ley, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÒN DE SUSTANCIAS ESTUPEFA.....