Este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara: RECHAZADA la solicitud de exequátur presentada por el abogado MANUEL ROLANDO ALFREDO LEWIS MENDOZA, titular de la cédula de identidad N°. V-4.772.298, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.754, en representación de la ciudadana LINDA PATRICIA RAMOS, austriaca, mayor de edad, con el N° de pasaporte 2274772.