DECISIÓN
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano RAFAEL BELTRÁN LÓPEZ en contra del CONSEJO LEGISLATIVO REGIONAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
SEGUNDO: A tenor de lo establecido en la parte in fine del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no se condena en costas al demandante
Publíquese, regístrese, déjese copia y notifíquese a las partes.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los veintidós (22) días del mes de febrero de dos mil cinco (2005). Años 194 º de la Independencia y 146º de la Federación.-