Este Juzgado Séptimo de Control del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del imputado: MANUEL ANTONIO GOITIA CALPAVIRE, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA previsto y sancionando en el articulo 277 del Código Penal vigente; de conformidad con el articulo 318 ordinal 4to del Código Orgánico Procesal Penal; en relación con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 197 de la referida Ley Adjetiva Penal..
Regístrese, publíquese y déjese copia. Remítase al Tribunal de Ejecución correspondiente una vez firme la decisión dictada.
La presente decisión fue publicada en el día de hoy veintidós (22) de Febrero del año 2.006, siendo las dos (02:00 PM). Cúmplase.