Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 02 Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA LA LIBERTAD del adolescente IDENTIDAD OMITIDA por cumplimiento de Fianza Personal; a quien se le sigue el presente proceso por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto en el articulo 374 del código penal, en concordancia con el artículo 83 ejusdem, que se señala cometido en agravio de la ciudadana JESSICA CORINA NUÑEZ BOLIVAR. Notifíquese de la Presente Resolución, una vez impuesto de la misma el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, queda en libertad; en consecuencia se ordena el traslado del mencionado adolescente a este Despacho, para el día de hoy. Provéase lo conducente. Cúmplase.-