Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente SOLICITUD DE DIVORCIO, interpuesta por KATHERINA ELVIRA MARTÍNEZ y JUAN MANUEL RIVAS RODRÍGUEZ, debido a no cumplir con los extremos del artículo 185-A, del Código de Procedimiento Civil Vigente.-