En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada en los términos y condiciones en que ha sido convenida por el demandante ciudadano NIRZO ANTONIO GUDIÑO MAZARA, atribuyéndose su representación, el coapoderado judicial abogado Pedro Gamez; y la entidad de trabajo EVERTSON INTERNATIONAL VENEZUELA, S.C.A., a través de su coapoderado judicial abogado Roberto Williamson Hernández, antes identificado; otorgándole a la misma LOS EFECTOS DE COSA JUZGADA. Y da por terminado el presente juicio.