A los fines de la ordenación del proceso, se declara que el acto sucesivo es la celebración de la audiencia preliminar, cuya fijación se hará por auto separado.
Pronunciamiento que hace el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley.
Déjese copia certificada