Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano NERIO RAFAEL GERARDINO GARCIA por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y PRIVACION ARBITRARIA DE LIBERTAD, previstos y sancionados en los artículos 458 y174 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la JUAN JOSE SERRANO a cumplir la pena de 08) AÑOS, UN(01) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE PRISION, así como a las penas accesorias a las de prisión contenidas en el articulo 16 ejusdem, todo en atención a lo previsto en los artículos 329, 330 numeral 6, 331 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, cometidos en las circunstancias de modo, tiempo y lugar especificados en la parte anterior de este fallo definitivo. Regístrese, déjese copia y publíquese la presente Sentencia.
Remíta.....