Este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION ejercida por el abogado en ejercicio ASDRUBAL MATA PALENCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.761, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana OLGA PEROZO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 24.226.565, contra la sentencia dictada en fecha 14 de Diciembre de 2.016, por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.-