este Tribunal HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO en la misma forma, términos y condiciones expresados, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio, se ordena el Archivo del Expediente, previa la certificación por Secretaría del desglose de los originales solicitados y la suspensión de la medida ejecutiva de embargo decretada, para la cual se procederá en su cuaderno respectivo.-Cúmplase.