Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el pase de la sentencia dictada en fecha 27 de mayo 2008, por el Juzgado de Primera Instancia número 07, de familia de Burgos España y su Partido Judicial, que declaró la Disolución del Matrimonio, existente entre los ciudadanos FRANCISCO JAVIER FERNANDEZ HERNANDEZ y HERMINDA PORTELA AGUJA. En consecuencia, deberá tenerse a los ciudadanos antes mencionados como divorciados para todos los efectos legales ante las autoridades venezolanas en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela. Así se decide.