En razón de los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de alzada declara:
PRIMERO: Sin Lugar la apelación ejercida por el abogado FERNANDO VALERO BORRAS, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 19 de noviembre de 2.008.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado A-quo en fecha 19 de noviembre de 2.008.-
TERCERO: CONFESO al demandado ciudadano GERARDO REYES GARCIA, ya identificado.-
CUARTO: CON LUGAR, la demanda que por DESALOJO, interpusiera la abogada JENNYFER BELLO GONZALEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro: 104.878, en su carácter de apoderada judicial de lo.....