Ahora bien, vista la incomparecencia de la parte accionante a la prolongación de la audiencia de Juicio en la presente causa, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, forzoso es para este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley declara: Desistido el presente procedimiento por INDEMNIZACION DE EFERMEDAD OCUPACIONAL, DAÑOS Y PERJUICIOS LABORALES interpuesta por el ciudadano JESUS ELOY GONZALEZ PILDAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-15.790.304, representado judicialmente por la Abogada en ejercicio MARIA CECILIA MANRIQUE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 179.919, contra la sociedad mercantil GRUPO ACOSTA MARINE SERVICES, C.A. y la sociedad mercantil PETROSUCRE, S.A., llamada en tercería de conformidad con lo establecido en el art.....