SE DECRETÓ al adolescente L.F.L.L., LA MEDIDA LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUVA DE LIBERTAD, prevista en el Articulo 582 literales "C" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Consistentes en la 1.- PRESENTACIÓN CADA TREINTA (30) DIAS POR LA TAQUILLA DE ALGUACILAZGO. solicitada por el Ministerio Publico y Adolescentes; por encontrarse incurso en los delitos de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el Articulo 456 del Código Penal.. Se ordenó la aplicación del Procedimiento Ordinario solicitado por el Fiscal del Ministerio Público,