DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogado BRENDA CASTILLO ASTUDILLO en su condición de Juez del Tribunal Tercero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con sede en la ciudad de El Tigre, en la causa número BP12-L-2015-000133 contentiva de la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoaren los ciudadanos GERMAN WLADIMIR TAMOY BRITO, JOICE DAVID SALAZAR RAMIREZ, MALVELLA JOSEFINA MACUARE y JHONNY ARGENIS HERRERA RUIS contra la entidad de trabajo GRANOS MARTINEZ C.A. (GRANMARCA C.A.), de conformidad con lo establecido en el artículo 31 numeral 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.-
Se ordena remitir copia certificada de la decisión al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui sede El tigre a los fines pertinentes. Igualmente se remite la presente incidencia y expediente a la URDD de la Ciudad de El Tigre a los fi.....