Vista la diligencia de fecha 7 de Julio de 2005, suscrita por el ciudadano José Ramón Rosas, parte codemandante en el presente juicio, asistido por el Abogado Rigoberto Ramos Tiamo, mediante la cual consigna transacción celebrada entre las partes, a los fines de que se proceda a su homologación; este Juzgado Superior HOMOLOGA la transacción celebrada entre las partes, por no ser contraria a derecho. En consecuencia, ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial. Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada. (Expediente signado con el Nº BE01-N-2001-000157).