Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se declara Sin Lugar la solicitud hecha por el ciudadano MIGUEL ANGEL GONCALVES ECHEVARRIA, titular de la Cédula de Identidad N° 15.183.697, donde solicita la entrega Plena del vehículo con las siguientes características: Marca: TOYOTA, Modelo: 4RUNNER, Color: GRIS, Placas: MDG-84I, Año: 2002, Clase: CAMIONETA, Tipo: SPORT WAGON, Uso: PARTICULAR, Serial de Carrocería: JTB11VNJO20226028 y Serial del Motor: 5VZ1372004, de conformidad con el Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia, se mantiene en calidad de Guarda y Custodia, la entrega del mencionado vehículo, de conformidad con el Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Notifíquese. Cúmplase lo ordenado.-