Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, solicitado por la Representante de la Fiscalia Decimaséptima del Ministerio Publico a favor del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA y así se decide y en consecuencia definitivamente firme como se encuentra la sentencia dictada en fecha 8 de Mayo del 2000, por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia de Menores del Estado Anzoátegui, mediante la cual, impuso al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, la medida de INTERNAMIENTO POR EL PLAZO DE TRES (3) AÑOS y a los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA, con la medida de LIBERTAD VIGILADA por el lapso de SEIS (6) MESES; se ordena la remisión del presente Asunto al Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de la Sección de Adolescentes del .....