DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Ejecución 1º del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara. PRIMERO: IMPROCEDENTE el otorgamiento de la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de DESTACAMENTO DE TRABAJO a favor de los penados JOSE VICENTE CHACON ALVIAREZ y EMILIO ISIDORO VARGAS ROJAS, de conformidad con el artículo 29 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: En relación al penado GERONIMO ANDRES DOMINGUEZ GUILLEN, se acuerda ratificar oficio librado en fecha 21/06/2011, al Departamento de Estadística del Ministerio del Poder Popular de Relaciones Interiores y Justicia a los fines de solicitar copia certificada del registro de fallecimiento del ciudadano antes señalado, hecho presuntamente ocurrido en el hospital Dr. Luis Razetti de esta Ciudad el día 13-06-2.....