Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD del ciudadano ANGELO JOSE MOLINA TORREALBA, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad N° 22.887.183, natural de Maracay, Estado Aragua, donde nació en fecha 23-05-1987, de 18 años de edad, de estado civil soltero, obrero, hijo de Betzaida Josefina Torrealba y padre desconocido, residenciado en Barrio Santa Eduviges, Sector Los Olivos, Callejón N° 1, casa S/n, Puerto Píritu, Estado Anzoátegui, por aplicación de MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, conforme al Artículo 256 Numerales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en Presentación cada DIEZ (10) días, a partir del día VIERNES 23-09-2005, por ante la oficina de Alguacilazgo de este Estado y no salir de la jurisdicción del Estado sin la previa autorizaci.....