se declara la nulidad del auto emitido por este juzgado en fecha 28 de julio de 2006, cursante al folio 341 del expediente, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 206 y 211 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.