"...y en consecuencia este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA ENTREGA MATERIAL DEL INMUEBLE constituido por una casa ubicada en la calle Libertad, Nº 45, del Barrio El Espejo, Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, alinderada de la siguiente manera: NORTE: Su fondo, con fondo del galpón y casa propiedad de José Hernández, SUR: Su frente, calle Libertad; ESTE: Casa de Javier Campo y OESTE: Casa de Aracelis Vásquez, libre de bienes y personas, con motivo de la comisión conferida a este Tribunal por el Juzgado Tercero De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil, Agrario Y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Y así se declara. Acto seguido este Tribunal procede a hacer entrega física real y efectiva del referido inmueble, libre de.....