DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITIVA DE LIBERTAD en contra de los imputados LUIS GERMAN OSUNA ROSALES, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.285.637, natural Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 05/08/1967, de 41 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Luis Osuna y Carmen Rosales, residenciado en Calle las Flores vía el Rincón, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE; previsto y penado en el artículo 451 del Código Penal Venezolano, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 256 ordinales 3º y 4º, del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese el oficio correspondiente. Regístrese. Déjese copia