Por los razonamientos de Hecho y de Derecho, antes expresados, este Tribunal de Control Nº 2 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del Joven OMITIDO, Venezolano, natural de Cumaná Estado Sucre, nacido en fecha 28 de Octubre del año 1985, de 19 años de edad, Indocumentado, OMITIDO, por el delito de ROBO GENERICO, que se señaló cometido en perjuicio de la ciudadana ROSA DEL VALLE MORON MARCANO; En consecuencia se Declara Con Lugar la solicitud de Sobreseimiento Definitivo realizada por la Fiscalía Decimoséptima del Ministerio Público del Estado Anzoátegui. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 555, 561 literal d, ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 318 numerales 1 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, .....