Por las razones que anteceden, este juzgado del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la presente demanda interpuesta por la ciudadana JASMIN JOSEFINA VELASQUEZ, por PENSION DE ALIMENTOS en contra del ciudadano EVELIO CARVAJAL REQUENA, y se deja sin efecto la medida cautelar de fecha 17 de Marzo de 2005, dictada por este Tribunal y que fue comunicada a la Empresa NEWSCA DE VENEZUELA en fecha 17 de Marzo de 2005, mediante oficio Nº 2005-188, referente al Embargo del 30% o tercera parte del sueldo o salario que devenga el obligado y el 30% de las utilidades de fin de año. Ofíciese lo conducente.
Notifíquese a las partes de la presente decisión por haber sido pronunciada fuera del lapso legal.