Seguidamente este Tribunal declara formalmente embargado ejecutivamente el FUNDO LOS BOTALONES, anteriormente señalado y descrito por la parte actora, y acuerda dejarlo bajo la guarda y custodia del Depositario Provisional designado, ciudadano DAVID ALCIDES CORREA SIFONTES y hace constar que una vez que la parte actora, consigne en el Tribunal los datos registrales del mencionado Fundo, el mismo se encargará de hacer su debida notificación al organismo competente.