Este Tribunal de Juicio Nº 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, actuando como Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, CONDENA AL acusado JOSÉ ELIAS GIL GARCÍA, venezolano, natural de El Tigre, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 05 de Noviembre de 1982, de 24 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Estudiante, hijo de José Elías Gil Gutiérrez (v) y de Zumira de Gil (v), titular de la cédula de identidad Nº 16.250.527, residenciado en Puerto la Cruz, residencia Marina Beach, apartamento C-53, Torre C, detrás de Supermercado Éxito, Estado Anzoátegui, por la comisión del Delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE; en concordancia con el primer aparte del artículo 259 de la citada ley, cometido en perjuicio de la Ciudadana SHARLENE JOSEFINA ZARAGOZA, a cumplir la pena de 5 años de prisión.....