en consecuencia ésta Sala de Juicio N° 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Uso de sus Atribuciones Legales, tomando en cuenta el Interés Superior Contenido en el artículo 08 de la Ley Orgánica de Protección Para el Niño y del Adolescente, el cual es de obligatorio cumplimiento en todas de las decisiones concernientes a los niños y adolescentes, principio éste dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños y adolescentes, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda modificar la Medida de Protección decretada por éste Tribunal en auto de fecha 31/05/2002, de conformidad con los Artículos 125 y 126 literal "I" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a favor de los niños (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivaria.....