Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N. 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA DE OFICIO la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD otorgada al acusado NOEL JOSE RAMIREZ, quien es venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, donde nació en fecha 10-10-77, de 30 años, de estado civil soltero, de profesión u oficio Buhonero, titular de la cédula de identidad N° 12.547.684, hijo de los ciudadanos MAGNOLIA RAMIREZ (V) y JOSE ANTONIO ZACARIAS (V), residenciado en el Sector Molorca, específicamente en el cerro, en un rancho de color verde, Estado Anzoátegui; en consecuencia se decreta en su contra MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA PRIVATIVA DE LIBERTAD y ORDENA SU CAPTURA tenor de lo previsto en el articulo 5 y 262 ordinales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en justa concordancia con.....