Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en función Control, Audiencia y Medidas Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA por remisión expresa del articulo 64 de la ley especial que rige la materia se acuerda la aplicación de: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD prevista en el Articulo 256 Numeral 3 del Código orgánico Procesal penal, consistente en: Consistentes en; 3) Presentación periódica por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal cada TREINTA (30) días, al ciudadano ELEAZAR RAFAEL HERNANDEZ, VENEZOLANO, CEDULA DE IDENTIDAD Nº V- 5.195.592, DE 58 AÑOS DE EDAD, ESTADO CIVIL: SOLTERO, DE PROFESIÓN U OFICIO: SOLDADOR, HIJO: ELECADIA HERNANDEZ (F) Y ELEUTERIO ACOSTA (F) RESIDENCIADO: BARRIO COLOMBIA, N° 111, CALLE LOS TUBOS, CERCA DE UNA ESCUELA, EN LA PARTE ALTA, GUANTA, ESTADO ANZOÁTEGUI, TELE.....