Se declara con lugar la realización del examen Psiquiátrico Forense del imputado solicitado por la defensa para que sea examinado en la ciudad de cumana por el experto adscrito a ese cuerpo detectivesco.
SEXTO: Se mantiene por solicitud de la defensa el sitio de reclusión y se ordena expedir copia de esta audiencia ambas partes por no se contraria a derecho. SEPTIMO: LAS MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD establecido en el articulo 87, numerales 1, 5 y 6 de la Ley Orgánica de sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la cual establece: 1) Se acuerda remitir a la mujer victima de violencia al Equipo Interdisciplinario para que reciba orientación 5) Prohibir al presunto agresor el acercamiento a la mujer agredida 6) Prohibir que el presunto agresor, por si misma o por terceras personas, no realice actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida. Se acuerda remitir la presente causa a la Fiscalía 16° del Ministerio Público, a los fines de que p.....